Las comunidades de propietarios pueden presentar demandas de arbitraje frente a empresas prestadoras de bienes y servicios a dicha comunidad de propietarios.
Para ello es necesario una serie de formalidades, la más importante es que tanto la presentación de la demanda de arbitraje como el contenido de la misma debe ser aprobado por la Junta de Propietarios.
Para más información ponte en contacto con el Punto de Información de Consumo (PIC)
Teléfonos
848 42 77 33 – 848 42 77 58
Horario de atención: Lunes a Viernes de 10:00 a 14:00 horas
Correo electrónico
Cita presencial
Para realizar consultas presenciales será necesario contactar previamente con los técnicos en los teléfonos arriba indicados para concertar un cita
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