Las asociaciones siempre que no tengan ánimo de lucro, podrán presentar demandas de arbitraje frente a prestadores de bienes o servicios. Será imprescindible que junto con la demanda de arbitraje se adjunten los Estatutos de la Asociación donde se recoja el carácter de entidad sin ánimo de lucro y figure el cargo que ostenta la […]
Las comunidades de propietarios pueden presentar demandas de arbitraje frente a empresas prestadoras de bienes y servicios a dicha comunidad de propietarios. Para ello es necesario una serie de formalidades, la más importante es que tanto la presentación de la demanda de arbitraje como el contenido de la misma debe ser aprobado por la Junta […]
No. Incluso si la empresa no está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, deberá llegar hasta el final del proceso cuando se emita el laudo. La empresa podrá darse de baja del sistema de arbitraje, pero nunca en mitad de un procedimiento.
Pueden ocurrir varias cosas: Si el consumidor está de acuerdo con la solución que propone la empresa, el arbitraje se archiva por resolución amistosa. Si el consumidor no está de acuerdo y el arbitraje no puede hacer nada más, la única opción es abrir la vía judicial. Si la empresa ha aceptado el arbitraje y […]
Si, las adhesiones pueden ser de carácter indefinido (salvo renuncia expresa) o por un periodo de tiempo limitado (SUPERIOR A UN AÑO)
Hay dos tipos: el arbitraje en derecho y el arbitraje en equidad, que es al que están acogidas la mayor parte de las empresas participantes en el Sistema Arbitral de Consumo. La diferencia entre ambas es que, mientras en el arbitraje en derecho se aplican las leyes vigentes en el momento de la resolución del […]
Para solicitar el arbitraje es necesario que se haya reclamado previamente a la empresa y no se haya logrado un acuerdo entre las partes. Es importante aportar documentos que acrediten el objeto de esa reclamación: contrato realizado, facturas emitidas, presupuestos, pagos realizados… Es necesario rellenar un modelo de solicitud de arbitraje que puedes descargar aquí. […]
No. Una vez admitida la solicitud de arbitraje, se designará un árbitro acreditado por la Junta Arbitral de Consumo para mediar entre ambas partes. En casos excepcionales, cuando no existan causas para la inadmisión de la solicitud de arbitraje y salvo que las partes se opongan a la mediación o ésta haya sido intentada antes […]
Es gratuito para ambas partes. Sólo se debe costear, en determinados supuestos, la práctica de peritajes.



