
RECOMENDACIONES PARA LAS PERSONAS CONSUDIMORAS AFECTADAS POR EL GRAN APAGÓN DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO
La cancelación de servicios de transporte, eventos o prestación de otros servicios, a consecuencia del corte masivo de energía eléctrica producido el día 28 de abril, está prevista en la legislación de protección a las personas consumidoras. Ante esta situación, desde Consumo Navarra-Kontsumo Nafarroa te trasladamos algunas orientaciones en relación a tus derechos:
VUELOS
Ante la cancelación de vuelos, tienes derecho a la información, asistencia y reembolso o transporte alternativo.
En cuanto al reembolso, debes tener en cuenta que la compañía aérea puede ofrecerte un bono sustitutivo del importe. No tienes obligación de aceptar este cambio, si lo que quieres es la devolución del importe abonado.
En relación al derecho a un transporte alternativo, debe producirse lo más rápido posible y en condiciones de transporte comparables, teniendo en cuenta la dificultad de la situación sufrida.
Durante la espera, la compañía debe proporcionarte asistencia, es decir, comida y bebidas, y si fuera necesario alojamiento.
Finalmente, si como persona afectada consideras que no se han respetado tus derechos, puedes reclamar a la compañía. En caso de no recibir respuesta en el plazo de 30 días, o ésta no es satisfactoria, podrás presentar una reclamación ante AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea).
TRENES
Las compañías ferroviarias deben informar de los retrasos y suspensiones de trenes tan pronto como dispongan de esa información, por lo que te recomendamos consultar las páginas web de las compañías. Cuando se prevea un retraso en la llegada de más de 60 minutos o la cancelación del trayecto, como persona afectada puedes elegir entre:
- El reintegro total del billete en las condiciones en que lo hayas abonado.
- El traslado por una vía alternativa al punto de destino final, en condiciones de transporte comparables, en la fecha posterior que te convenga como persona afectada.
AUTOBUSES
Para los trayectos en autobús que hayan sido cancelados, las compañías deben ofrecerte la libre elección entre el reembolso del billete o una alternativa similar de viaje. Si la empresa no te ofrece alguna de las dos opciones o no estás de acuerdo, deberás presentar una reclamación previa ante la empresa, de la cual te quedes constancia
Si en el plazo de 30 días no has obtenido respuesta satisfactoria, dirige la reclamación a la Junta Arbitral del Transporte de Navarra, como organismo competente para resolver las controversias en los servicios de transporte terrestre.
ANULACIÓN DE EVENTOS Y ESPECTÁCULOS
La suspensión del evento da derecho al reembolso de la totalidad de los pagos que se hubieran realizado. Si el proveedor del servicio ofrece una nueva fecha, podrás elegir entre el reembolso o la aceptación del cambio.
PROVISIÓN DE PRODUCTOS Y SUMINISTROS
Si debido al corte de suministro eléctrico no se pudiesen prestar determinados servicios de provisión de productos y suministros, de forma definitiva, nos encontramos ante un supuesto de “fuerza mayor”, por el que las partes del contrato quedan exoneradas de su cumplimiento.
Esto implica que te devuelvan el importe abonado por productos o suministros no entregados, recomendándote revisar el correspondiente contrato por si el mismo incluyese derechos adicionales ante estas circunstancias.
En los servicios de telecomunicaciones, el operador deberá compensarte con la devolución del importe de las cuotas no vinculadas al tráfico o consumo de datos, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción del servicio.
INDEMNIZACIÓN DE LOS DAÑOS MATERIALES POR LA INTERRUPCIÓN DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO
Ante posibles compensaciones por pérdida de alimentos o por daños en aparatos eléctricos, hasta que no se conozca el origen del apagón eléctrico, y por lo tanto pueda determinarse la responsabilidad por daños, te recomendamos consultar las pólizas de seguros que tengas contratadas. Comprueba las coberturas que tienes contratadas y las posibles exclusiones de las mismas.
EN TODO CASO, RECUERDA:
En el supuesto de que por causa del apagón no hayas podido efectuar un viaje, asistir a un evento…, te recomendamos comprobar los términos y condiciones del contrato para verificar si estas circunstancias estaban previstas, y en su caso qué derechos contempla el mismo.
Dada la especial circunstancia acontecida, ante aquellos conflictos de consumo en los que te hayas podido ver involucrado, te recomendamos favorecer llegar a acuerdos amistosos entre las partes
IMPORTANTE: Conserva cualquier documento (justificante de compra, facturas, tickets, etc.) relacionado con tu relación contractual y que justifique las incidencias sufridas y/o que quieras reclamar.
Puedes mantenerte informado de las novedades que surjan en relación a este caso a través de nuestras redes sociales:
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¿CÓMO PROCEDER?
PINCHA AQUÍDatos de Contacto Servicio de Consumo
Desde el Servicio de Consumo de Gobierno de Navarra se recuerda a las personas consumidoras navarras cuyos derechos o intereses se hayan visto afectados a causa del apagón eléctrico del 28 de abril de 2025, pueden dirigirse a este Servicio por los siguientes medios:
- A través del teléfono 848427733
- Por medio del correo electrónico: infoconsumo@navarra.es
- Presencialmente en las oficinas del Servicio en la Calle Pascual Madoz, 6 de Pamplona-Iruña. (En este último caso se recomienda solicitar cita previa en el teléfono 848427733)